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A propuesta de la Gerencia, el Consejo de Gobierno, en sesión extraordinaria de 28 de julio de 2022, aprobó el Reglamento UCA/CG07/2022, de 28 de julio, de teletrabajo del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz.
Es una modalidad de prestación de servicios a distancia en la que el contenido competencial del puesto de trabajo puede desarrollarse, siempre que la naturaleza y funciones del mismo y las necesidades del servicio lo permitan, fuera de las dependencias de la Universidad de Cádiz, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación.
El objetivo principal del teletrabajo es contribuir a una mejor organización del trabajo, además de favorecer la conciliación laboral y familiar.
El PTGAS de la UCA que cumpla los siguientes requisitos:
Ocupe un puesto de trabajo cuyas retribuciones se consignen al capítulo 1 del presupuesto de la Universidad de Cádiz.
Esté en servicio activo y tenga una antigüedad de, al menos, dos años en la Universidad de Cádiz y lleve prestando servicios efectivos en la unidad de destino durante más de un año (se entiende por tiempo efectivo al desempeñando de forma presencial en el puesto de trabajo, no computándose el periodo correspondiente a bajas o a otras ausencias del puesto).
Tenga los conocimientos suficientes informáticos y tecnológicos y supere la actividad formativa específica según lo establecido en el Reglamento.
No tenga reconocida compatibilidad para el desempeño de un segundo puesto de trabajo.
Disponga en su domicilio o en el lugar autorizado de teletrabajo de un espacio adecuado para desarrollar las tareas, así como de acceso a internet conforme a las indicaciones señaladas en el Reglamento.
Desempeñe un puesto de trabajo susceptible de ser desarrollado en la modalidad de teletrabajo.
No podrán solicitar la modalidad de teletrabajo quienes desempeñen puestos de trabajo que requieran la presencia continuada del empleado, como por ejemplo:
Los puestos situados en oficinas de registro y atención e información a la ciudadanía.
Los puestos de secretaría de cargos académicos.
Los puestos cuyas funciones supongan la dirección o jefatura de personas (director de área, jefe de servicio y asimilados de acuerdo con la instrucción de la Gerencia).
Los puestos desempeñados por personal eventual, regulado en el artículo 12 del Estatuto Básico del Empleado Público.
La prestación del servicio mediante teletrabajo habrá de ser expresamente autorizada y será compatible con la modalidad presencial. En todo caso, tendrá carácter voluntario y reversible.
El número máximo de días a prestar en modalidad de teletrabajo no podrá superar los tres días a la semana, pudiendo sólo uno de ellos coincidir con el día antes o después de fin de semana.
La jornada de trabajo, será la general establecida para el PTGAS en la Universidad de Cádiz, aunque el horario será flexible, con un bloque horario obligatorio de disponibilidad de 9.00 a 14.30 horas. El resto del tiempo hasta completar la jornada laboral se realizará en el bloque horario de 7.30 a 20.30 horas, a elección del trabajador, teniendo en cuenta que la jornada diaria no se podrá desempeñar bajo ambas modalidades de trabajo (presencial y teletrabajo).
Para realizar este teletrabajo, la Universidad proporcionará un equipo microinformático con todo lo necesario para operar en esta modalidad, ocupándose también de su mantenimiento, que deberá ser devuelto a la finalización del período autorizado de teletrabajo. El personal autorizado para teletrabajar deberá contar con un sistema de conexión suficiente y seguro en el lugar autorizado de teletrabajo.
La solicitud de autorización para la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo se realiza vía sede electrónica, en base a la convocatoria anual publicada (sede electrónica).
Decreto 281/2003, de 7 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Cádiz.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de julio de 2022, por el que se aprueba el Reglamento UCA/CG07/2022, de 28 de julio, de teletrabajo del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz.