Ayuda para la atención de personas con discapacidad 2026.
Ayuda para la atención de personas con discapacidad 2026.
25/05/2025. Listado Definitivo Ayuda Discapacidad 2026
11/05/2026. Listado Provisional Ayuda Discapacidad_2026.pdf
Las personas interesadas podrán presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de Listado de Admisión con carácter provisional en la web del área de Personal, desde el 12 al 18 de mayo de 2026 ambos inclusive.La reclamación se realizará de forma telemática, desde el expediente de su Carpeta Personal de Sede Electrónica, pulsando en la acción Plazo de reclamación.
- 14/04/2026. “Convocatoria Ayuda para la Atención a Personas con Discapacidad 2026”. El plazo de presentación de solicitudes será del 15 al 28 de abril de 2026, ambos inclusive.
Las personas solicitantes podrán presentar su solicitud a través del procedimiento telemático específico “Solicitud de Ayuda para la atención de personas con discapacidad con cargo al Fondo de Acción Social”, disponible en el apartado “Personal Administración/Catálogo de Trámites” de la Sede Electrónica de la UCA..
Junto a la solicitud, debidamente cumplimentada deberá adjuntar la documentación especificada en la Base Quinta de la convocatoria. Se procederá a la firma y presentación de la solicitud y, posteriormente, a pulsar en el botón “finalizar”, obteniéndose entonces un recibo en el que figurará el código de registro, fecha y hora de presentación. La obtención de dicho recibo será documento justificativo de la presentación de la solicitud, por lo que no se podrá entender que ha concluido los trámites de presentación de la solicitud hasta no haber obtenido el citado recibo.
NOTA:
Si en el momento de presentar la documentación no se dispone aún de dicha declaración de la Renta, se deberá presentar en su lugar el certificado de retenciones de haberes del 2025 de cada una de las personas de la unidad familiar, salvo para aquellas personas que no dispongan de dicho certificado por no percibir ingresos en cuyo caso deberán presentar vida laboral actualizada a fecha de solicitud y certificado del Servicio Andaluz de Empleo acreditando no haber percibido cuantía alguna durante el año 2025