Capitulo IV.5
Capítulo IV.5. Cómputo de las acciones formativas
En el primer trimestre del año natural siguiente se remitirán a todos los participantes en acciones formativas todos aquellos cursos que ha realizado y se han incluído en su expediente formativo, incluyendo la denominación, número de horas, nº horas totales en horario obligatorio y número de horas en horario fuera de la jornada laboral.
- Recuperación de la asistencia. Se contempla la posibilidad de recuperación cuando el alumno haya completado el 75% de la duración del curso y siempre que, el curso no tenga una duración inferior a 10 horas y la causa de la inasistencia este debidamente justificada.