Enfermedad y Accidente no laboral
Enfermedad y Accidente no laboral:
El Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre (BOE de 5 de enero de 2023), por el que se modifica el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración, establece que a partir del 1 de abril de 2023 será el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el que comunique a las empresas, directamente y por medios telemáticos, los partes de baja ,confirmación de baja y alta por incapacidad temporal.
Este nuevo procedimiento no es aplicable a los funcionarios de MUFACE aunque reciban la asistencia médica a través de los servicios públicos de salud.
En consecuencia, desde dicha fecha no será necesario que el PDI o el PTGAS, que pertenezca al Régimen General de la Seguridad Social, presenten dichos partes.