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Enfermedad y Accidente no laboral

Enfermedad y Accidente no laboral:


El Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre (BOE de 5 de enero de 2023), por el que se modifica el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración, establece que a partir del 1 de abril de 2023 será el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el que comunique a las empresas, directamente y por medios telemáticos, los partes de baja ,confirmación de baja y alta por incapacidad temporal.

 

Este nuevo procedimiento no es aplicable a los funcionarios de MUFACE aunque reciban la asistencia médica a través de los servicios públicos de salud.

 

En consecuencia, desde dicha fecha no será necesario que el PDI o el PTGAS, que pertenezca al Régimen General de la Seguridad Social, presenten dichos partes.